jueves, 3 de marzo de 2011

LA LEY DE DESAMORTIZACION DE 1856

Sebastián Lerdo de Tejada, autor de la Ley de Desamortización de 1856.

La Ley de Desamortización de 1856

La Ley de Desamortización de 1856, llamada también "Ley Lerdo", fue promulgada el 25 de junio de 1856 por el presidente Ignacio Comonfort.

Según el historiador Jesús Silva Herzog puede resumirse de la siguiente manera:

1. Prohibición de que las corporaciones religiosas y civiles poseyeran bienes raíces, con excepción de aquellos indispensables al desempeño de sus funciones.
2. Las propiedades del Clero debían adjudicarse a los arrendatarios calculando su valor por la renta al 6 por ciento anual.
3. En el caso de que los arrendatarios se negaran a adquirir tales inmuebles, estos quedarían sujetos al denuncio, recibiendo el denunciante la octava parte de su valor.
4. El Clero podía emplear el producto de la venta de sus fincas rústicas y urbanas en acciones de empresas industriales y agrícolas.

Silva Herzog señala que la "Ley Lerdo" no trataba de despojar al Clero de su cuantiosa riqueza sino solo de ponerla en movimiento para fomentar la economía nacional.